OEAP test años anteriores Tema 11 cuestionario Por favor, inscríbete en curso antes de realizar este cuestionario. Según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado tendrán la consideración de actividades de voluntariado En todo caso, las becas con o sin prestación de servicios o cualquier otra actividad análoga cuyo objetivo principal sea la formación. Las que se realicen a través de las tecnologías de la información y comunicación y que no requieran la presencia física de los voluntarios en las entidades de voluntariado. Las ejecutadas por razones de buena vecindad. Las prácticas no laborales en empresas. Según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, los voluntarios tienen entre sus derechos: Participar en las tareas formativas previstas por la entidad del voluntariado para las actividades y funciones confiadas. Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. Obtener diploma acreditativo de la entidad de voluntariado, donde conste el valor social de su contribución y las competencias, aptitudes y destrezas adquiridas como consecuencia del ejercicio de su labor de voluntariado. Estar cubiertos, a cargo de la entidad de voluntariado, de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la acción voluntaria y de responsabilidad civil en los casos en los que la legislación sectorial lo exija, a través de un seguro u otra garantía financiera. Según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, los voluntarios están obligados a: Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario en la que conste, además, la entidad de voluntariado en la que participa. Comunicar cualquier contraprestación material o e5,0tiómica que pudieran recibir, bien de las personas destinatarias de la acción voluntaria, bien de otras personas relacionadas con su acción voluntaria. Aportar los recursos materiales que les requiera la entidad de voluntariado. Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. Según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, los voluntarios están obligados a: Comunicar cualquier contraprestación material o económica que pudieran recibir, bien de las personas destinatarias de la acción voluntaria, bien de otras personas relacionadas con su acción voluntaria. Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. Disponer de una acreditación identificativa de su condición de voluntario en la que conste, además, la entidad de voluntariado en la que participa. Aportar los recursos materiales que les requiera la entidad de voluntariado. De acuerdo con el artículo 11 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, la realización de actividades de carácter material o técnico de la competencia de los órganos administrativos o de las Entidades de Derecho Público podrá ser encomendada, por razones de eficacia o cuando no se posean los medios técnicos idóneos para su desempeño, a otros órganos o Entidades de Derecho Público de: La misma Administración, siempre que entre sus competencias no estén esas actividades. Cualquier Administración, siempre que suponga cesión de titularidad de los elementos sustantivos del ejercicio de la competencia. Distinta Administración, siempre que entre sus competencias no estén esas actividades. La misma o de distinta Administración, siempre que entre sus competencias estén esas actividades. Actuar con la diligencia debida y de forma solidaria, según lo establecido en el artículo 11 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, es un: Deber del voluntario. Deber de la Organización. Derecho del voluntario. Derecho de la Organización. A tenor del artículo 10, de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, los voluntarios tienen derecho a: Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. Solicitar la intervención de la entidad del voluntariado para solucionar los conflictos. Realizar su actividad de acuerdo con el principio de accesibilidad universal adaptado a la actividad que desarrollar. Solicitar y obtener su sustitución, siempre que existan razones que así lo justifiquen. El artículo 12 de la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, al regular las relaciones entre los voluntarios y la entidad de voluntariado, establece que: Los conflictos que surjan entre voluntarios y las entidades de voluntariado en el ejercicio de las actividades propias de voluntariado, se dirimirán por vía administrativa. El acuerdo de incorporación debe formalizarse por escrito, en duplicado ejemplar, e ir acompañado, cuando proceda, de la certificación positiva del Registro Central de Penados. La duración del compromiso, así como las causas y forma de desvinculación por ambas partes, se revisará bianualmente. El acuerdo de incorporación deberá contener la formación que se requiera para el cumplimiento de las Funciones que tengan asignadas los voluntarios y, en su caso, el itinerario que deba seguirse para obtenerla. Según la Ley 45/2015, de 14 de octubre, de Voluntariado, los voluntarios tienen entre sus derechos: Participar en las tareas formativas previstas por la entidad del voluntariado para las actividades y funciones confiadas. Obtener diploma acreditativo de la entidad de voluntariado, donde conste el valor social de su contribución y las competencias, aptitudes y destrezas adquiridas como consecuencia del ejercicio de su labor de voluntariado. Estar cubiertos, a cargo de la entidad de voluntariado, de los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la acción voluntaria y de responsabilidad civil en los casos en los que la legislación sectorial lo exija, a través de un seguro u otra garantía financiera. Guardar la debida confidencialidad de la información recibida y conocida en el desarrollo de su acción voluntaria. OEAP Tema 11 OEAP Tema 12 Volver a: OEAP test años anteriores Tema 11